¿El Estado Ecuatoriano, que intereses defiende? ¿El gobierno ecuatoriano que Modelo de Estado está implementando? ¿Es el continuismo del modelo neoliberal?
BIOLOGO ALFREDO LUNA N.
El Ministerio del Ambiente del Ecuador, representado por la Abg. Marcela Aguiñaga Vallejo y Luis Suárez Martínez como director Ejecutivo de CI-Ecuador, con fecha 21 de diciembre del 2010, y registro Nº 1967 del 14 de noviembre del 2011; suscribieron el MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE AMBIENTE DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR Y CONSERVATION INTERNATIONAL FOUNDATION ECUADOR en MATERIA DE CAMBIO CLIMATICO.
El Estado Ecuatoriano no puede delegar el desarrollo de la Estrategia Nacional del Cambio Climático y La Estrategia Nacional REDD+, y otros instrumentos de planificación. La Ministra del Ambiente de la República del Ecuador, Abg. Marcela Aguiñaga Vallejo, delega éstas funciones, que le corresponden al Consejo Nacional de Planificación, que lo preside el Presidente de la Republica del Ecuador Econ. Rafael Correa.
Este convenio atentatorio a la soberanía del Estado Ecuatoriano, los representantes tanto del Ministerio del Ambiente (MAE) como de Conservation International - CI Ecuador, conocían por la función que hasta hoy desempeñan, la situación ilegal de la organización no gubernamental, cuyo convenio de cooperación feneció en el año 2006 , la resolución constitucional del Defensor del Pueblo de medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de la protección de los derechos , para que cumpla con la reparación integral, por violación de derechos humanos del ciudadano Alfredo Luna , el desconocimiento y la violación al Decreto Ejecutivo Nº 812, que en el Art. 22, “Las ONGs extranjeras no podrán intermediar, implementar o ejecutar planes, programas o proyectos financiados con recursos de la cooperación internacional no reembolsables de fuentes bilaterales o multilateral, bajo la sanción de terminar anticipadamente del Convenio”, la sexta transitoria obliga a cumplir con la Constitución y seguir los lineamientos del Plan del Buen Vivir para renovar el convenio de cooperación. En este marco de prohibiciones constitucionales y legales, suscriben este MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO, un convenio abierto sobre el cambio climático, que se especifica en convenios o contratos individuales
La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) ; desconoce a proyecto REED+ y Proyecto Socio Bosque, por constituir una amenaza para los derechos de los pueblos sobres sus territorios y para el equilibrio de la Pachamama, además por ser inconsulto y en oposición de los pueblos ancestrales del Ecuador.
Por razones de sobrevivencia de la población y soberanía del Estado Ecuatoriano, no pueden ser delegadas a terceros como CONSERVATION INTERNATIONAL financiada por: a) Recibir Fondos federales del gobierno norteamericano a través de la USAID , b) Por financiar su actividades con donaciones de empresas trasnacionales como: Chevrón, Monsanto, Coca Cola, Mac Donald, Hyunday, Volkswagen Group of America, etc.; la primera mantiene un litigio con sentencia vigente en el Ecuador por violación a los derechos humanos y de la naturaleza, sus actividades afectan directamente el cambio climático y cuya pretensión es endosar la obligación a la empresa estatal del Ecuador. La Constitución de la República del Ecuador garantiza los derechos del buen vivir o SUMAK KAUSAY, que preveé la planificación participativa para el desarrollo basada en los consejos ciudadanos, gobiernos autónomos, cuyas instancias de deliberación son parte del Consejo Nacional de Planificación.
Los convenios individuales y en sus anexos sea de “donación” o “cooperación”, obligan a los beneficiarios a: sujetarse a las leyes locales, y ¿el donante?, la interpretación y gobernanza se sujetan a las Leyes del Distrito de Columbia de EEUU, se sujetan a la Ley de prácticas extranjeras corruptas de EEUU, al igual que cumplir con las Órdenes ejecutivas y leyes de EEUU. Para CI Ecuador, la organización y sus funcionarios son indemnes ante cualquier demanda, su relación con el MAE es independiente, debe mantener los archivos a disposición del donante o a quien autorice, CI o sus donantes –Monsanto, Coca Cola, Chevron, etc- cede los derechos intelectuales en forma perpetua, libre de regalías, sin exclusividad, para distribuir, usar, publicar todo trabajo creativo de los convenios; y como parte del convenio no puede generar decretos ejecutivos para la salida del Conservation International - CI del Ecuador.
El financiamiento del programa es con fondos del Estado Ecuatoriano y quienes contraten con el proyecto socio bosque, lo hacen a un plazo máximo de 20 años y pueden recibir de 0,50 a 30 dólares anuales por hectárea en el mejor de los casos. En caso de incumplimiento a una de las tantas clausulas, los indígenas, campesinos, afroecuatorianos, etc., de manera individual o comunitaria, se sujetan a la devolución del dinero recibido o pérdida de sus tierras; que implican un manejo y riesgo de posesión de sus territorios y su biodiversidad. Propuestas que señalan a los pobres son los causantes de la deforestación, como forma de reducir la pobreza para lo cual interviene el Ministerio de Inclusión Social MIES.
El proceso de “socialización” del proyecto socio bosque, se realiza con facilitadores, se dice tres por el MAE, uno de ellos el señor Aurélie Lhumeau – Contratado por CI -, Monserrat Albán y María Cristina Felix por CI. Es decir dos por el Estado Ecuatoriano y 3 por CI. Además el señor Pablo Santillán, de la Fundación Metis, beneficiaria de CI. Con ello se define que la socialización de un Plan Nacional Estratégico sobre cambio climático, se la hace entre 24 personas, de las cuales 4 tienen relación directa con CI, como funcionarios, consultores o beneficiarios .
CI Ecuador ha contribuido con el Estado Ecuatoriano con $ 3´200.000 USA, en el período del 2006 al 2011, fondos destinados a pagar a sus Directores, Técnicos, Consultores, la mayoría de su presupuesto financia a fundaciones norteamericanas; aún en el caso de donaciones de muebles, se guardan para sí el derecho de resolver el final de dichos muebles, desde las computadoras que autorizan comprar por $5.000,00 USD. Los convenios llamados de donación son de cantidades mínimas de 10.000, 15.000, 20.000 dólares, algunos para cancelar pasajes de avión de funcionarios del MAE para asistir a eventos de Cambio Climático .
La presencia inexplicable de CI en el Ecuador ha llegado a los más altos estamentos del Estado, el actor Harrison Ford en su calidad de Vicepresidente de la Junta Directiva de Conservation International - CI solicita al Presidente Rafael Correa reciba a una delegación para llegar a un acuerdo; la Embajada de EEUU envía sendo oficio al Canciller Ricardo Patiño con copia a la Econ. Natalie Cely, Ex ministra de Coordinación de la Producción, actual Embajadora del Ecuador en Estados Unidos.
El 16 junio de 2011, CI firmó el Convenio Marco de Cooperación, entre la Comisión Permanente del Pacifico Sur con el objeto es la identificación, planificación e implementación de acciones conjuntas para la conservación de la biodiversidad marina y costera y la salud de los ecosistemas en el Pacifico Sudeste .
Conservation International
Ministerio Del Ambiente En Nombre Del Estado Ecuatoriano Cede Soberania Nacional
Consorcio para el
Derecho Socio-Ambiental
Derechos Humanos y Ambientales
PARA MÁS INFORMACION, pulse el siguiente vínvulo:
http://
alfredolunavsconservacioninternacional.
wordpress.com/
http://www.explored.com.ec/
noticias-ecuador/socorro-121858-121858.html
http://www.vamosacambiarelmundo.org/
2011/01/conservation-international-no-respeta.html
http://www.caretas.com.pe/1350/
vision.html
http://repository.unm.edu/bitstream/
handle/1928/11359/Listado%2520
bibliografico%2520
sobre%2520los%2520mamiferos
%2520del%2520Ecuador.pdf
CONAIE Documents:
http://www.conaie.org/component/
content/article/21-noticas-portal/
338-conservation-
international-no-respecta-a-los-
derechos-humanos-en-el-ecuador-
ALGUNAS FOTOS del avión accidentado, de Alfredo herido de gravedad, de Ted Parker, de All Gentry, de la Cordillera del Condor,
y otras, pueden ser vistas en:
See: “Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disoluciones y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en Organizaciones Especiales”. Executive Decree No. 3054, published in Registro Oficial 660 of September 11, 2002, and amended by Executive Decree No. 982 of March 25, 2008, published in Registro Oficial 311 of April 8, 2008.
See Registro Oficial 343 od December 17, 2010, page 27.